miércoles, 16 de junio de 2010

देक्रेतोस urgencias

Decreto de Urgencia que deroga el Decreto de Urgencia Nº 061‐2009
DECRETO DE URGENCIA Nº 021‐2010

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 061‐2009 se precisó la participación de acreedores vinculados a
los deudores en procedimientos concursales regidos por la Ley General del Sistema Concursal; disponiéndose
que ellos no podrán solicitar, en calidad de acreedores, que el deudor sea sometido a un procedimiento
concursal y tampoco votar en las Juntas de Acreedores que se celebren;
Que, el citado Decreto de Urgencia se fundamentó en la crisis internacional, no obstante ello,
actualmente las condiciones que motivaron la dación de esta norma han cambiado;
Que, según reportes de organismos internacionales, existen debilidades en el marco regulatorio
concursal así como dificultades procesales y administrativas durante el proceso;
Que, es de necesidad e interés nacional la simplificación administrativa en esta materia debido a que el
país está sometido a una fuerte competencia internacional para atraer inversión extranjera directa, lo cual es
un factor importante para el crecimiento y desarrollo así como para paliar los efectos de la crisis financiera
internacional.

Que, el Artículo 59 de la Ley Nº 27809, Ley General del Sistema Concursal, regula la votación de los
acreedores vinculados y los no vinculados;
De conformidad con el inciso 19) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

DECRETA:

Artículo 1.‐Deroga el Decreto de Urgencia Nº 061‐2009

Deróguese el Decreto de Urgencia Nº 061‐2009.

Artículo 2.‐Refrendo

El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la
Ministra de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de marzo del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros

MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Economía y Finanzas

No hay comentarios:

Publicar un comentario